Fundamento | IEESONORA

Fundamento


Principios democráticos

Principios Rectores de la Participación Ciudadana


Democracia.
Igualdad para todos, decidir libremente a quienes nos gobiernan.

Bien Común.
Es el principio y fin ético de la política, el bien de las personas y familias.

Legalidad.
Junto con la certeza, la independencia, la imparcialidad y la objetividad, es uno de los principios rectores de la función electoral consistente en la organización de las elecciones, tiene como objetivo garantizar que todos los actos y resoluciones electorales se sujeten invariablemente a lo previsto en la Constitución y en las disposiciones legales aplicables.

Inclusión.
Integración de todos los miembros de la sociedad, independientemente de su origen.

Certeza.
El significado de este principio radica en que la acción o acciones que se efectúen, serán del todo veraces, reales y apegadas a los hechos, esto es, que el resultado de los procesos sean completamente verificables, fidedignos y confiables.

Independencia.
Cualidad de la que, en el ejercicio de su función electoral, deben gozar los organismos, no ya respecto a sujetos interesados en los procesos, sino del poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los órganos de gobierno administrativo de los tribunales y de cualesquiera otras personas, físicas o jurídicas.

Objetividad.
Implica un quehacer institucional y personal fundado en el reconocimiento global, coherente y razonado de la realidad sobre la que se actúa y, consecuentemente, la obligación de percibir e interpretar los hechos por encima de visiones y opiniones parciales o unilaterales, máxime si estas pueden alterar la expresión o consecuencia del quehacer institucional. La objetividad, vinculada a los otros principios, debe otorgar a los procesos electorales y sus resultados claridad y aceptación por parte del electorado, evitando situaciones inciertas o de conflicto.

Imparcialidad.
Cualidad de que deben gozar los funcionarios públicos electorales en el ejercicio de su función consistente en su posición trascendente respecto de los sujetos jurídicos afectados por dicho ejercicio.

Solidaridad.
Es una convicción de apoyo entre los ciudadanos especialmente en situaciones difíciles.

Tolerancia.
Respeto de opiniones, ideas o actitudes de las demás personas aunque no coincidan con las propias.

Pervivencia.
Duración o permanencia con vida de una cosa, a pesar del paso del tiempo, de los problemas o de las dificultades.

Libertad.
Capacidad que tiene el ser humano para tomar todo tipo de decisiones en cuanto a su vida, creencias y valores.

Equidad.
Valor que implica justicia e igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres respetando la pluralidad de la sociedad.

Transparencia.
Derecho constitucional de los ciudadanos a la información pública y obligación del Estado a la rendición de cuentas, propiciándose la vigilancia social a las acciones gubernamentales.

Corresponsabilidad.
Responsabilidad compartida con una u otras personas.

Sustentabilidad.
Es la capacidad que tiene una sociedad para ser un uso consiente y responsable de sus recursos, sin agotarlos o exceder su capacidad de renovación.

Respeto a la dignidad humana.
El derecho que tiene cada ser humano, de ser respetado y valorado como ser individual y social, por el solo hecho de ser persona.



Pleno del IEE Sonora