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i) Recursos de Revisión, recibidos y resueltos por el Consejo Estatal Electoral 

Proceso electoral 2000

No. de Expediente Autoridad Responsable Partido Recurrente Acto Impugnado Fecha de Recibido Sentido y Fecha  del Acuerdo o Resolución
RR 17 / 2000

Consejo Municipal Electoral Nogales

Partido Acción Nacional

Impugna planilla del Partido Revolucionario Institucional, carta de residencia  de candidato a Presidente   Municipal y algunos Regidores fue expedida porfuncionarios  sin facultades  para ello. Exhibe constancias de residencia firmadas por el Presidente  y Secretario  del Ayuntamiento.

08 de Mayo de 2000

Mayo 16 de 2000, se declara infundado el recurso. Documentales  (constancias de residencia ) exhibidas hacen prueba plena.
RR 18 / 2000

Consejo Municipal Electoral Nogales

Partido Acción Nacional Impugna planilla  del Partido del Trabajo algunos Regidores no acreditan residencia necesaria. Exhibe copias de constancias de residencia.

08 de Mayo de 2000

Mayo16 de 2000, se declara infundado el recurso. Documentales  ( constancias  de residencia ) exhibidas hacen prueba plena.
RR 19 / 2000

Consejo Municipal Electoral Caborca

Partido Alianza Social

Impugna planilla de Acción Nacional, candidato  a Presidente Municipal. Hizo precampaña con recursos públicos.

08 de Mayo de 2000 Mayo 16 de 2000, se sobresee por  actualizarse una causal de notoria improcedencia . Recurso presentado extemporáneo, por persona no facultada.
RR 20 / 2000

Consejo Municipal Electoral San Luis Rio Colorado.

Partido Acción Nacional Impugna procedimiento de designación  de funcionarios de casilla, por no haberse llevado conforme  a lo señalado por la Ley. 09 de Junio de 2000 Junio 19 de 2000, se declara infundado el recurso. Se confirma resolución del Consejo Municipal Electoral.
RR 21 / 2000

Consejo Municipal Electoral Guaymas

Partido de la Revolución Democrática Impugna procedimiento de designación de funcionarios de casilla, por no haberse llevado conforme a lo señalado por la Ley. 09 de Junio de 2000 Junio 19 de 2000, se declara infundado el recurso. Se confirma resolución del Consejo Municipal Electoral.
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